24 mayo 2009

MANUAL DE CONTABILIDAD DEL SISTEMA FINANCIERO

Manual de contabilidad del sistema financiero

Contabilidad sistema financiero* Objetivos - Alcances
* Normas contables generales
* Sistema de codificación y denominación
* Presentación de los EE FF a la SBS


PLANES DE CUENTAS SECTORIALES

CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION

Plan Contable Gubernamental

- Gobierno Central
- Gobiernos Regionales
- Gobiernos Locales
- Empresas Publicas Descentralizadas.

SEPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS -SBS

Manual de Contabilidad para Empresas del sistema Financiero


- Bancos
- Financieras
- Cajas Municipales, Rurales, EPYMES, etc.
- Cooperativas
- AFP, Seguros, Almacenes

COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES - CONASEV

Plan Contable General Revisado

- Empresa Comercial
- Empresa Industria
- Empresa de servicios
- Otros

* OBJETIVOS

La SBS ha elaborado el presente Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, de acuerdo con normas y prácticas contables prudentes de uso nacional e internacional. Ttiene como principales objetivos:

1.Uniformar el registro contable de las operaciones que realizan las empresas autorizadas para operar en el Sistema Financiero del país, de acuerdo con la Ley General del Sistema Financiero.

2.Obtener estados financieros que reflejen, de manera transparente, la situación económico-financiera y los resultados de la gestión de dichas empresas.

3.Permitir que la información financiera constituya un instrumento útil para el análisis y el autocontrol; así como para la toma de decisiones por parte de la administración, dirección y propietarios de las empresas, para el público usuario de los servicios financieros y de otras partes interesadas.

4.Contar con una base de datos homogénea que facilite el funcionamiento fluido de un sistema de indicadores de alerta oportuna, que permita el seguimiento y control individual de las empresas y del sistema financiero en su conjunto.

* ALCANCES

1.El Manual de Contabilidad para Empresas del Sistema Financiero y las disposiciones en él contenidas, deberán ser aplicados por todas las empresas que están autorizadas a operar por la SBS, de conformidad con la Ley General.

2.Las cuentas contenidas en el presente Manual no implican de por sí autorización para realizar las operaciones relacionadas con tales cuentas; debiendo las empresas efectuar sólo las operaciones que les permita la Ley General y normas reglamentarias vigentes.

3.Las empresas podrán abrir nuevas cuentas analíticas sin la autorización previa de la SBS, siempre y cuando no exista abierto el nivel de detalle que la empresa requiera, con la finalidad de perfeccionar sus controles contables; sin embargo, queda establecido que para fines de remisión electrónica de datos a la SBS, deberá efectuarse única y exclusivamente dentro de los niveles predeterminados en el Catálogo de Cuentas.

4.Para el registro de aquellas operaciones se requiere el uso de los códigos y denominación de las empresas del Sistema Financiero y entidades relacionadas.

* NORMAS CONTABLES GENERALES

Preparación de los estados financieros

- Los estados financieros se deberán elaborar y exponer de acuerdo con el presente Manual y otras disposiciones establecidas por la SBS. En caso de existir situaciones no previstas en dichas disposiciones, se aplicará lo dispuesto en las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) y, en aquellos casos no contemplados por éstas, se aplicarán los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA).

Ajustes mensuales

- Con el objeto que los estados financieros sean preparados sobre una base uniforme, se requiere que el reconocimiento contable de los resultados provenientes de las operaciones se efectúe por lo menos a fin de cada mes, tal como el devengamiento de ingresos y el reconocimiento de gastos, provisiones, depreciación de bienes de uso, ajustes de saldos en moneda extranjera por variaciones del tipo de cambio, amortización de partidas diferidas, desvalorizaciones, etc.

Partidas Pendientes de Imputación

- Las empresas deben establecer procedimientos adecuados para eliminar las partidas pendientes de imputación en los estados financieros. Aquellas partidas que, por razones de operatividad y organización administrativa interna o por naturaleza especial de la relación con terceros, no puedan ser imputadas a las cuentas correspondientes, se contabilizarán transitoriamente en las cuentas respectivas del rubro Otros activos, si son deudoras y en las cuentas del rubro Otros pasivos, si son acreedoras.

- Estas partidas deberán imputarse a las cuentas definitivas, como máximo, a los treinta (30) días calendario de la fecha de operación.

Registro y Archivo de Documentación Contable

- Las empresas del sistema financiero están obligadas a llevar todos los libros de contabilidad, administrativos y los que determine la SBS. Las operaciones que se registren en los mismos, deberán estar respaldadas con la documentación sustentatoria correspondiente.

- Asimismo, deben mantener una contabilidad transparente, concreta e individualizada de todas sus operaciones, aplicando en forma integral las normas y procedimientos establecidos en el presente Manual de Contabilidad.

* SISTEMA DE CODIFICACIÓN Y DENOMINACIÓN

La codificación y denominación de las clases, rubros, cuentas, sub cuentas y cuentas analíticas previstas en el Catálogo de Cuentas del presente Manual, han sido estructuradas sobre la base de un sistema que contempla los siguientes niveles:

Clase : Se identifica con el primer dígito
Rubro : Se identifica con los dos primeros dígitos
Cuenta : Se identifica con los cuatro primeros dígitos
Subcuenta : Se identifica con los seis primeros dígitos
Cuenta analítica: Se identifica con los ocho primeros dígitos
Subcuenta analítica: Se identifica con los diez primeros dígitos.

Ejemplo:

5 Ingresos
51 Ingresos financieros
5104 Intereses por cartera de créditos
5104.01 Intereses por cartera de créditos vigentes
5104.01.01 Intereses por créditos comerciales
5104.01.01.01 Intereses por avances en cuenta corriente contratados

El sistema de codificación establecido a nivel de cada cuenta, incluye el tercer dígito para ser utilizado como integrador y para diferenciar las operaciones por monedas, reajustables y con ajustes por inflación, teniendo en consideración los códigos siguientes:

Cero (0): Integrador, comprendiendo los saldos totales de las cuentas en moneda nacional, moneda extranjera, reajustables y ajustadas por inflación.
Uno (1): Para las operaciones en moneda nacional.
Dos (2): Para las operaciones en moneda extranjera
Tres (3): Para las operaciones reajustables con valor de actualización constante – VAC.
Seis (6): Para las operaciones con ajustes por inflación

Las clases definidas en el presente Manual son las siguientes:

Clase : 1 Activo
Clase : 2 Pasivo
Clase : 3 Patrimonio
Clase : 4 Gastos
Clase : 5 Ingresos
Clase : 6 Resultados
Clase : 7 Contingentes
Clase : 8 Cuentas de Orden
Clase : 9 Cuentas de Presupuesto y Costos


De acuerdo a la estructura del presente Manual, las empresas podrán adoptar la clase 9 para establecer eventuales controles de sus costos y/o presupuestos.

* PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SBS

- Los estados financieros básicos de las empresas del sistema financiero, conjuntamente con las notas a dichos estados financieros y la información complementaria, deberán remitirse a la SBS.

- Los estados financieros básicos son: el Balance General, el Estado de Ganancias y Pérdidas, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y el Estado de Flujos de Efectivo.

- Las empresas del sistema financiero presentarán mensualmente su Balance General y su Estado de Ganancias y Pérdidas. Adicionalmente, deberán presentar trimestralmente los estados financieros consolidados, de acuerdo a lo dispuesto por esta Superintendencia y las Normas Internacionales de Contabilidad.

- Los estados financieros a ser presentados a la Superintendencia, correspondientes al 31 de marzo, 30 de junio y 30 de septiembre, deberán ser aprobados por el Directorio, debiendo dejar constancia escrita en las actas respectivas de su revisión y análisis. Los correspondientes al 31 de diciembre deberán ser aprobados por la Asamblea General de Accionistas o Socios de la empresa. En caso de existir observaciones, éstas deberán ser informadas de inmediato a la Superintendencia.

APROBACIÓN DE LOS EE FF DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO Y MEMORIA ANUAL

- Los estados financieros deben ser puestos a disposición de los accionistas con la debida antelación para ser sometidos a la Junta General de Accionistas ú órgano equivalente, para su aprobación y publicación.

- La memoria deberá contener los estados financieros de cierre del ejercicio, el informe de la Sociedad de Auditoria Externa sobre los estados financieros de la empresa.

FORMAS DE EE FF Y BALANCE DE COMPROBACION DE SALDOS

- Los EE FF de las empresas del sistema financiero deberán presentarse a la SBS, conforme se establece en las formas incluidas en el presente Manual y normas adicionales que emita la Superintendencia.

Descripción Formas

Balance General "A"
Estado de Ganancias y Pérdidas "B"
Estado de Flujos de Efectivo "C"
Estado de Cambios en el Patrimonio Neto "D"
Balance de Comprobación de Saldos "F"

- El Balance de Comprobación de Saldos de presentación mensual, comprende los importes de los saldos en moneda nacional, moneda extranjera, capital reajustable, y el integrador, los mismos que deberán incluir el saldo inicial, movimientos del mes (Debe y Haber) y el saldo final de las cuentas, con información de los diferentes niveles de las cuentas establecidas en el Catálogo.

- Las formas de los estados financieros se formularán a partir del Balance de Comprobación de Saldos, los que conjuntamente con las notas e información complementaria, proporcionan la transparencia necesaria sobre la situación económica y financiera de las empresas del sistema financiero, permitiendo visualizar los rendimientos y costos de las mismas

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS

- Las notas forman parte de los EE FF, por consiguiente, al menos los estados financieros trimestrales deberán incluir las correspondientes notas explicativas que revelen las políticas contables y hechos o eventos que incidan directa o indirectamente en la marcha de la empresa.

- Asimismo, dentro de la información financiera mensual presentada a la SBS, se deberá incluir aquellas notas específicas, que permitan clarificar objetivamente determinadas situaciones o hechos que requieran ser ampliados o explicados, en su real magnitud.

3 comentarios:

  1. buen aporte. Saber llevar a cabo el eficiente control de los ingresos y gastos es una tarea fundamental en estos tiempos de crisis económica. Realizar el análisis financiero pertinente ayuda a prevenir deudas y a generar ahorros.

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  2. josegi240480@yahoo.es Excelente el tema sobre contabilidad del sistema finaciero, deseo tener el material, como y donde puedo puedo adquirirlo

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    1. Envía un correo a la siguiente dirección solicitando tu tema: contabilidad_varios@hotmail.com

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